¿Cuándo el empresario individual se transforma en sociedad, qué clase de sociedad elije?

Celso Sans

Para contestar esta pregunta primero hemos de conocer cuántas clases de sociedades hay en derecho español.

Clases de sociedades en general

A) Capital (22), B) Civiles (6), C) Otras formas societarias (1) y C) Uniones (4). Los que da 33 sociedades distintas entre tipos y subtipos.

A) Sociedades de Capital: hay 4 básicas y 18 subtipos en total 22. Son entidades creadas para ejercer una actividad Económica y empresarial a través de una sociedad –con un objeto de servicios, industriales o comerciales- a la que el ordenamiento jurídico le da derechos y obligaciones.

Hay distintas leyes especiales que regulan los diversos clases de sociedades y también hay normas de derecho de la Unión Europea –Directivas y Reglamentos-.

Hay 4 clases –tipos- de sociedades con 18 subtipos:

1. Anónima -SA-. Distinguiremos en 1 básica y 18 subtipos (19).

a) Básica.

b) Anónima cotizada.

c) Anónima cotizada de inversión en el mercado inmobiliario –Socimi-.

d) Anónima Europea –SE-.

e) Anónima Deportiva -SAD-.

f) Entidades de Capital-Riesgo: Hay 6 subtipos.

g) Garantía Recíproca –SGR-.

h) Anónima Laboral –anónima, SAL y limitada, SLRL- (2).

i) Plataformas de financiación participativa –PFP o Crowfunding-.

2. Colectivas –SC-.

3. Comanditarias hay dos:

1) simple –SCOM-.

2) Comanditarias por acciones –SCOMA-.

4. Responsabilidad Limitada –SRL-.  Tiene 1 básica y 3 subtipos (4).

a) Básica.

b) Limitada de formación sucesiva.

c) Profesional.

d) Limitada Nueva Empresa –SLNE-.

B) Otras figuras asociativas civiles –personas-: 6.

1. Agraria de Transformación –SAT-.

2. Asociación.

3. Civil.

4. Comunidad de bienes.

5. Cuentas en participación.

6. Fundación.

C) Otras formas societarias: 1.

1. Cooperativas –SCOOP-.

D) Uniones de empresa: 4.

1. Agrupaciones de interés económico –AIE y AEIE-.

2. Grupo.

3. Unión Temporal de Empresas –UTE-.

En función del proyecto empresarial es cuándo podemos elegir el tipo de sociedad y también deberemos estudiar las nuevas obligaciones de las distintas clases de sociedades, cómo afectará a tus relaciones con terceros (por ejemplo a la licencia de actividad, contratos, etc.), el traspaso del negocio a la nueva sociedad y las formas de retribuir al socio.

Feu un comentari